Hostelería: Requisitos a cumplir en la fase 2

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El consumo dentro del local se realizará únicamente sentado en mesa sin superar el 40% del aforo

[Por Manu Balanzino] La hostelería comienza a funcionar. Bares, restaurantes y cafeterías abren sus puertas, aunque muchos están trabajando bajo la modalidad de servicio a domicilio y take away, y lo hacen con diferentes medidas, dependiendo de la fase en la que se encuentre cada provincia o municipio.

Cada fase dictamina el aforo tanto exterior como interior. La fase 1 permite un aforo máximo en la terraza del 50 por ciento. Mientras que en la fase 2, el gobierno permite el mismo aforo en la parte exterior y la apertura de la zona interior del establecimiento en un 40 por ciento. Ya en la fase 3, la capacidad será de un 50 por ciento tanto interior como exterior, aunque estas últimas medidas podrían sufrir modificaciones por parte del Ministerio de Sanidad.

Independientemente de la fase en la que se encuentre la zona, el hostelero deberá adoptar una serie de medidas higiénico-sanitarias tanto para las mesas como para el personal del establecimiento. Aquí puedes leer cada una de ellas.

Además, si hay un factor importante en el sector servicios, es la confianza del comensal en el restaurante. Por ello, China ha impuesto una serie de medidas, aquí puedes leerlas, cuya adaptación permite reforzar los controles sanitarios y proporcionar una mayor satisfacción al cliente.

Enumeramos las condiciones para la reapertura de los locales de hostelería y restauración para el consumo dentro del local según la última información del BOE (Boletín Oficial del Estado).

Es necesario remarcar que las zonas en fase 2 podrán habilitar la zona interior. Las terrazas deberán seguir las normas fijadas con anterioridad, aquí puedes leerlas con detalle.

  1. Reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo las discotecas y los bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un 40% de su aforo.
  2. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Asimismo, estará permitido el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
  3. Se podrán ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, siempre que el cliente sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente.
  4. La prestación del servicio en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración se realizará conforme a lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. Aquí puedes leer las condiciones.
  5. La distancia entre mesa y mesa será de 2 metros, con un máximo de 10 personas por mesa, respetando la distancia de seguridad interpersonal.

Los municipios con menos de 10.001 habitantes podrán abrir sus bares y restaurantes siguiendo las restricciones de la fase 2 independientemente de la fase en la que se encuentren.

El hostelero deberá respetar estas medidas y, principalmente, velar por su cumplimiento. Aquí puedes encontrar una guía básica para la desescalada con las preguntas más frecuentes realizadas por el sector de la hostelería y la restauración.

Ver: HOSTELERÍA: CÓMO DEBEN ABRIR LAS TERRAZAS

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